INFORMACIÓN ACTUALIZADA:
Los psicólogos generales (sin la especilidad de clínica) no tienen ningún requisito más que la licenciatura o el grado para ejercer de:
Psicoterautas
Psicologos educativa
Psicólogos de empresa
Psicogerontologos
Jurídica.
El master reune los requisitos con más de 700 horas de formación y 100 de ellas de prácticas reales supervisadas. Proporciona la acreditación del Colegio de Psicólogos de la Comunidad Valenciana para el ejercicio de actividades sanitarias, conforme a los apartados 2 y 3 de la disposición adicional sexta de la ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
ACREDITACIÓN DE LOS GABINETES PRIVADOS DE PSICOLOGÍA COMO CENTROS SANITARIOS:
FIRMA ACUERDO COLABORACIÓN
Acuerdo entre la Conselleria de Sanitat y el COPCV en materia de evaluación y acreditación, en su caso, de la formación de los colegiados para ejercer actividades sanitarias, a los efectos de solicitar la inscripción de su consulta de psicología en el registro autonómico de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Comunidad Valenciana.
Más información: http://www.cop-cv.org/?seccion=noticias&id=1741
LEGISLACIÓN APLICABLE
AMBITO PERSONAL
Pueden solicitar la evaluación y acreditación en su caso de la formación adquirida para el ejercicio de actividades sanitarias, todos los colegiados adscritos al Col·legi Oficial de Psicòlegs de la Comunitat Valenciana, que se encuentren en situación de alta colegial y al corriente del pago de las cuotas colegiales.
SOLICITUD
La ley 5/2011 ha establecido un periodo de 3 años, hasta octubre de 2014, para que los psicólogos no especialistas en psicología clínica puedan realizar tareas sanitarias en Centros Sanitarios Privados.
Con esta ley los licenciados en psicología no tienen todavía la consideración de Psicólogo General Sanitario, pero sin embargo tienen ya la consideración implícita de profesionales sanitarios.
Modelo solicitud web.doc
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL COPCV
1. Solicitud dirigida al Col·legi Oficial de Psicòlegs de la Comunitat Valenciana, para de evaluación y acreditación, en su caso, de la formación adquirida para el ejercicio de actividades sanitarias.
2. Certificación del itinerario curricular de la licenciatura (Certificado de notas, original y fotocopia).
3. Certificado de la formación complementaria de posgrado (título que acredite la formación, especificando en número de horas teóricas y prácticas, original y fotocopia)
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES:
¿Qué tengo que hacer para solicitar la nueva titulación de Psicólogo General Sanitario?
Las universidades que impartan los estudios de Máster en Psicología General Sanitaria regularán el procedimiento que permita reconocer a los licenciados/graduados en Psicología que hayan concluido dichos estudios con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, los créditos europeos de dicho Máster que en cada caso correspondan, tras evaluar el grado de equivalencia acreditado a través de la experiencia profesional y formación adquiridos por el interesado en Psicología de la Salud.
Hasta octubre de 2014, regirá el procedimiento transitorio establecido en la Ley de Economía Social:
Por lo que quienes ostenten el título de Licenciado en Psicología o alguno de los títulos de Graduado en el ámbito de la Psicología que figuren inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos como adscritos a la rama de conocimiento de Ciencias de la Salud, podrán ejercer actividades sanitarias, siempre que acrediten haber adquirido una formación específica a través de alguna de las siguientes vías:
a) Por haber superado los estudios de graduado/licenciado, siguiendo un itinerario curricular cualificado por su vinculación con el área docente de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos, o con la Psicología Clínica y de la Salud.
b) Por haber adquirido una formación complementaria de posgrado no inferior a 400 horas (o su equivalente en créditos europeos), de las que al menos 100, tendrán carácter práctico, vinculada a las áreas mencionadas en la anterior letra a).
Los planes de estudios correspondientes al título oficial de Master en Psicología General Sanitaria garantizarán la adquisición de las competencias necesarias para desempeñar las actividades de la profesión sanitaria de Psicólogo General Sanitario que se especifican en el apartado 1. A tal efecto, el título habilitante para la profesión de Psicólogo General Sanitario deberá acreditar la superación de, al menos, 180 créditos ECTS de contenido específicamente sanitario en el conjunto de enseñanzas de Grado y Master, de acuerdo con la concreción que reglamentariamente se determine.
INFORMACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE LAS CONSULTAS DE PSICOLOGÍA
Información sobre normativa aplicable en la Comundad Valenciana dirigirse a la Conselleria de Sanitat, Servicio de Acreditación, Autorización y Registro de Recursos Sanitarios, teléfono 963866600 ó en la siguiente dirección web:
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=303
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